Presenta Gobernadora al Congreso propuesta de reforma al Poder Judicial

  • Se cumpliría en tiempo y forma con el plazo establecido en el Artículo Octavo Transitorio del decreto de reforma al Poder Judicial federal, aprobado por el Congreso de la Unión

Xalapa, Ver., 20 de diciembre de 2024.- La LXVII Legislatura del Estado de Veracruz dio entrada a la iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en materia de reforma al Poder Judicial, enviada a esta Soberanía por la gobernadora del estado, ingeniera Norma Rocío Nahle García.

La iniciativa, turnada para su estudio a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, expone que el 15 de septiembre de este año fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman, adiciona, y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma al Poder Judicial, “por medio de la cual se transforma el paradigma que situaba a dicha entidad en una posición alejada de todo tipo de escrutinio público por parte de la sociedad”.

Refiere que los cambios impulsados por la aludida reforma tienen su núcleo en la transición del régimen de selección de titulares que pasó de un sistema de carrera a un proceso de elección popular, “ello, en atención a la calidad potestativa que detenta una persona juzgadora como genuina depositaria del poder público, es decir, del pueblo”.

Establece que, a través de ese decreto, se reforma la composición e integración tanto del Poder Judicial de la Federación como de los poderes judiciales de las entidades federativas. Respecto del primero, establece que ministras, ministros, magistradas, magistrados, juezas y jueces deben ser elegidas por voto directo y secreto, así como el proceso para llevar a cabo lo anterior, desaparece el Consejo de la Judicatura Federal y crea un órgano de administración judicial y un Tribunal de Disciplina Judicial; determina la desaparición de fondos, fideicomisos mandatos o contratos análogos; y fija un régimen transitorio para la implementación de la reforma.

El Artículo 116, fracción III constitucional, establece el piso mínimo para que los poderes judiciales de los estados adecúen su integración conforme al nuevo esquema y forma de impartir justicia. Mientras que el Artículo Octavo Transitorio, segundo párrafo, determina que las entidades federativas tendrán un plazo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto para realizar las adecuaciones a sus constituciones locales.

Por consiguiente, destaca la iniciativa de la Gobernadora, esta iniciativa prevé cumplir el mandato constitucional contenido en la reforma referida, aprobada por el Congreso de Veracruz el pasado 11 de septiembre, “con el pleno convencimiento de que tendrá un impacto positivo en la impartición de justicia en nuestro estado en favor de todas las veracruzanas y los veracruzanos”.

Además, detalla, no solo porque tendrán la posibilidad de elegir, a través de un proceso democrático, equitativo y libre a los y las impartidoras de justicia; sino también, “porque las puertas del Poder Judicial se abren para que lo integren todas las personas; y porque contará con mecanismos y órganos que garantizarán una de las funciones esenciales y necesarias para la vida pacífica en sociedad: La adecuada y pronta impartición de justicia”.

Por último, advierte la mandataria estatal en su propuesta, resulta irreductible garantizar en el texto constitucional local la independencia de las personas juzgadoras, la creación de dos organismos nuevos como lo son el Tribunal de Disciplina Judicial y el órgano de administración judicial lo que per se implica la extinción del Consejo de la Judicatura.

“Sin embargo, es factible que las entidades federativas legislen de acuerdo a su autonomía condiciones y características propias respecto de la posibilidad de legislar de manera distinta, por ejemplo, sobre el número de integrantes de los órganos del Poder Judicial del Estado de Veracruz, esquema de designación de titulares, periodos para detentar la presidencia entre otras”.

El texto íntegro de la iniciativa puede consultarse libremente en el Anexo B de la Gaceta Legislativa número 12, publicada este 20 de diciembre en la página oficial www.legisver.gob.mx